Si terminaste de pagar tu hipoteca en 2014, podrias reclamar la clausula suelo, teniendo en cuenta que la Santencia de 9 de mayo de 2013 del Tribunal Supremo ha anulado las cláusulas suelo de las hipotecas de diferentes entidades bancarias. En este sentido, también ha fijado como motivo principal para declarar la nulidad la falta de transparencia del las mismas.
El Tribunal de la Unión Europea (Gran Sala) ha dictado Sentencia de fecha 22/12/2016 (ASUNTOS ACUMULADOS C-154-15,C-307-15 Y C-308-15) estableciendo la nulidad desde el principio del contrato de préstamo, y se opone a una jurisprudencia nacional que limita en el tiempo los efectos restitutorios vinculados a la declaración de carácter abusivos.
Los intereses de demora son igualmente nulos por abusivos conforme a la reciente jurisprudencia del TJUE y la reciente sentencia del TS del 6 de Junio de 2016 que establece que cualquier interés de demora superior al interés legal mas dos puntos, debe ser eliminado del contrato, no procediendo su moderación . Con toda esta fundamentación tendrías que formular la petición a través de una reclamación en hoja de reclamaciones oficial en los Servicios de Atención al cliente, pidiendo el reconocimiento formal de la nulidad de la cláusula suelo, así como el reconocimiento de nulidad de la claúsula que fija interés de demora, el recálculo y abono de las cuotas hechas en el préstamo desde la fecha de la primera revisión hasta la ultima cuota abonada, aplicando el tipo de interés de referencia pactado en cada momento y el diferencial pactado.Y hay tres opciones: que te digan que si te pagan, con lo cual estaria resuelto el problema, la segunda sería que quieren negociar, en este caso te aconsejo que lo hagas en grupo de asociaciones de consumidores para que estés mejor asesorado, y en todo caso negociar sólo intereses de demora, pero no el principal, o que te digan que no, en ese caso tendrías que ir a la via judicial .Si vas a la vía judicial probablemente habría condena en costas al banco si estiman tu petición, con ello te ahorrarías los gastos de abogado.Para calcular los gastos tendrías que hacerlo con los papeles que firmaste en su dia, que si no los tienes o no encuentras, se pueden pedir a la notaria o gestoría del banco y tienen obligación de dártelos.
Respecto a los gastos de constitución de hipoteca, se tendrían que devolver integros ya que la Sentencia de la Unión Europea establece que la tienen que pagar los bancos, esos gastos los tienes en la escritura que firmaste en el notario, y que incluyen los gastos de notario, Registro y el impuesto de Actos jurídicos documentados.